El presidente del Col·legi de Barcelona releva en el cargo a Jordi Triola, presidente del Col·legi de Girona

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Francesc Santasusana es el nuevo presidente del Consell de Col·legis de Mediadors d’Assegurances de Catalunya. El presidente del Col·legi releva en el cargo a Jordi Triola, presidente del Col·legi de Girona. Santasusana, que recibió el apoyo de los presidentes de los otros tres col·legis catalanes, ejercerá el cargo durante el próximo año con el propósito de “seguir avanzando en dotar de contenidos y servicios al Consell”, según manifestó el nuevo máximo responsable de la institución.

Santasusana destaca “el buen entendimiento que mantenemos los cuatro col·legis catalanes y que permite impulsar el Consell para llevar a cabo iniciativas conjuntas en favor de los intereses de la mediación catalana”. Para el president del Col·legi de Barcelona “la unidad de acción, la capacidad de compartir esfuerzos e ideas nos hace más fuertes”.

El Consell es una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. Constituye el órgano representativo y ejecutivo superior de la totalidad de los col·legis de mediadors existentes en Cataluña.

Tiene como fines esenciales:

a) Coordinar los col·legis que lo integran.
b) Representar la profesión dentro del ámbito de Cataluña.
c) Compilar y elaborar las normas deontológicas de la profesión.
d) Representar la actividad de los mediadores de seguros titulados adscritos a cualquier col·legi de los que comprenden el Consell y defender los intereses profesionales de los col·legis o de los colegiados cuando tengan ámbito o repercusión en Cataluña.

Algunas de las funciones propias del Consell son:

1) Velar por el cumplimiento por parte de los col·legis de las disposiciones legales, normas estatutarias y resoluciones del propio Consell.
2) Fomentar, crear y organizar con carácter supletorio instituciones, servicios y actividades.
3) Dirimir los conflictos que se puedan suscitar entre los diferentes col·legis.
4) Intervenir en vía de conciliación o arbitraje en las cuestiones que por motivos profesionales se susciten entre colegiados, cuando sean de diferentes col·legis.
5) Informar de todas las normas que prepare el Govern de la Generalitat de Catalunya
6) Tener la representación y defensa de la profesión ante los órganos de la Administración de Cataluña, instituciones, entidades y particulares, participando en juntas y organismos consultivos.

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