Javier de Miguel, asesor fiscal y mercantil en el Col.legi, explica los detalles a tener en cuenta respecto a la fiscalidad en el momento en que se quiera realizar un traspaso de la  cartera de clientes.

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A menudo, cuando se produce la jubilación del mediador de seguros aparece la oportunidad de monetizar el trabajo hecho a lo largo de los años. La cartera de clientes es un activo importante que debe ofrecer un rendimiento a su propietario. Normalmente, se firma un contrato de cesión que estipula un precio fijo o variable y frecuentemente, aplazado para pagar en varios plazos. Las consecuencias desde el punto de vista fiscal son “variopintas y muy relevantes”, según explica Javier de Miguel.

En primer lugar, hay que tener en cuenta que estas transmisiones de cartera son una prestación de servicios sujeta y no exenta de IVA, por lo que se habrá de contemplar la inclusión del 21% correspondiente a este impuesto. Además, en el caso del vendedor se genera una ganancia patrimonial en IRPF por la diferencia entre el precio de la cesión y el coste de adquisición de la cartera. Esta ganancia tributa entre el 19 y el 28%  en el IRPF, dependiendo de su cuantía. Los pagos no están sujetos a retención y la tributación por ellos se realiza al presentar la declaración  de renta del ejercicio correspondiente, entre abril y junio del año siguiente.

De todos modos, si se ha pactado un precio aplazado que se extiende más allá de un año es posible optar pro tributar en la misma proporción en que se perciben los pagos en cada ejercicio. Además el efecto financiero positivo que esto genera permite fraccionar las plusvalías cada año mitigando así la progresividad de la escala impositiva aplicable en cada caso.

En este caso, el asesor del Col·legi, ofrece su opinión en un formato muy innovador. El avatar del asesor, construido en 3D con la ayuda de la inteligencia artificial, analiza el escenario que se produce cuando un mediador va a traspasar su fondo de clientes y enumera los aspectos a tener en cuenta desde el punto de vista de la fiscalidad. Se trata de un aspecto clave en este tipo de operaciones. Una propuesta innovadora y atractiva. El de Javier de Miguel es el segundo avatar en funcionamiento tras el de Pau Llambí, asesor tecnológico del Col·legi.

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