La Ley 50/1980 del Contrato de Seguro (LCS) tuvo importantes modificaciones en 2024, aprobadas todas ellas y ya en vigor actualmente. Hacemos un repaso a los principales cambios que los mediadores deben conocer y que impactan directamente en elementos como la reducción de los plazos de reclamación (más cortos para aseguradoras), deberes de información (más exigentes para mediadores) y coberturas de pólizas de hogar y salud (nuevos mínimos legales).

Estas son las cinco novedades clave sin jurisprudencia debatible para asesorar correctamente a los clientes y adaptar los procesos.

1. Plazo máximo para reclamar un siniestro: pasa de dos años… a seis meses (Art. 20 LCS)

  • ¿Qué cambia?
    • Antes: El asegurado podía reclamar hasta dos años después del siniestro.
    • Ahora: seis meses para daños materiales (ej: incendio en hogar), un año para responsabilidad civil.
  • Cómo afecta a mediadores:
    • Hay que avisar a los clientes inmediatamente tras un siniestro (ej: email automatizado con plazos).
    • Incluir recordatorios en tus CRM (“Revisar siniestros pendientes de reclamación”).

Ejemplo práctico:
*”Si un cliente sufre un robo en casa el 1 de enero, tiene hasta el 1de julio para reclamar. Antes podía esperar hasta 2026″*.

2. Deberes de información ampliados: ¡Ojo con las Exclusiones! (Art. 3 LCS)

  • Novedad: Las exclusiones de póliza deben señalarse expresamente por escrito, con firma del asegurado.
  • Qué debes hacer:
    • Usar documentos separados para cláusulas limitativas (ej: “Exclusiones por negligencia grave”).
    • Grabar llamadas donde expliques exclusiones (valen como prueba).

3. Seguro de Hogar: Coberturas mínimas obligatorias (Disposición Adicional 5ª)

Desde enero/2024, todas las pólizas de hogar deben incluir:
✅ Daños eléctricos (ej: sobretensión que queme electrodomésticos).
✅ Rotura de cristales (incluido espejos y vitrocerámica).
✅ Responsabilidad civil familiar.

Oportunidad para mediadores:

  • Revisar pólizas antiguas de clientes y actualizarlas (cross-selling).
  • Ofrecer comparativas con un mensaje del estilo: “¿Tu seguro cumple la nueva ley?”.

4. Derecho a arrepentimiento: catorce días… pero con excepciones (Art. 10 LCS)

  • Regla general: El cliente puede cancelar sin penalización en 14 días.
  • Excepciones nuevas:
    • Seguros de viaje o eventos (si el evento ya empezó).
    • Pólizas de salud con preexistencias declaradas (para evitar fraudes).

5. Digitalización Total: Firma Electrónica Obligatoria (Art. 7 bis LCS)

  • Prohibido contratar seguros sin firma electrónica avanzada (SMS, OTP, biometría).
  • Consecuencias: Pólizas sin firma válida son nulas.

Conclusión: Checklist para Mediadores

  1. Actualiza plantillas de contratos con nuevas exclusiones firmadas.
  2. Ajusta tus CRM para alertar de plazos de 6 meses en siniestros.
  3. Capacita a tu equipo en firma electrónica (evitar nulidades).
  4. Revisa pólizas de hogar antiguas: ¿Cumplen coberturas mínimas?